¿Impuesto sobre el Patrimonio? – ¿Cierre del Ejercicio?
Por Joan Castellví - General - 28/10/2011
El Impuesto sobre el Patrimonio ha vuelto como pronosticaron muchos expertos cuando lo quitaron en el año 2008.¿Para quedarse? Es la pregunta del millón que se están haciendo estos días los contribuyentes de rentas medias. En principio es sólo provisional, hasta 2012. Incluso hay un amplio consenso entre los fiscalistas de que es probable que se suprima en función de los resultados de las elecciones.
Los despachos de los asesores fiscales hemos atendido estos días, según reconocen, una avalancha de consultas sobre la vuelta del Impuesto sobre Patrimonio. “Los contribuyentes con ahorros manifiestan una profunda inquietud por la incertidumbre que se ha generado este verano con las continuas advertencias de que habría que subir los impuestos”, “Lo cierto es que los ahorradores ya no se fían de nada, tanto los que pagaban Patrimonio como los que no. La gente no sabe que pasará hasta el final, si lo van a quitar o no, creo que serían dos formas de constatar la situación actual. La incertidumbre y el más que temor de que las subidas de impuestos todavía no han terminado genera un clima de ansiedad”,
De momento, si en 2007 declaró un patrimonio cercano a los 700.000 euros, que el Ministerio de Economía ha establecido como umbral exento, y todavía no ha ido al asesor, conviene que empiece a recopilar información para no pagar entre un 2 y un 2,5 de tipo medio en la declaración que entregará en junio. Buscar la última declaración que se presentó en 2008 es una de las primeras cosas que debe hacer un contribuyente previsor que antes pagaba el Impuesto de Patrimonio, reducido en un tercio por lo menos, no por opinión propia sino por la evolución de los principales valores y índices bursátiles.
Cada autonomía decidirá, hay que recordar que es un impuesto cedido.
Tampoco está de más revisar su valoración y la de los inmuebles para no tener sorpresas. Opinión compartida con compañeros, pocas cosas se pueden hacer para evitar el pago del Impuesto, ya que, al tratarse de un tributo censal, afecta a todo el mundo. Bueno, a todo el mundo no. Los que tienen su patrimonio inversiones empresariales no tributan por ellas. Quienes vivan en comunidades que no lo van a aplicar también se salvan de hacerlo.
Toque o no toque, conviene tomar algunas precauciones para no encontrarse con sorpresas. Los primero que hay que tener en cuenta es que el impuesto es una foto fija del patrimonio que tiene el contribuyente a 31 de diciembre de cada ejercicio. Resumiendo “Todo lo que vendas o dones antes de ese día no entra en la declaración de Patrimonio”, Si usted tiene activos financieros (acciones, fondos, depósitos) a su nombre, puede ponerlos a nombre de su cónyuge o de sus hijos (donación) para no rebasar el mínimo exento siempre siendo conscientes de la decisión tomada y valorar el coste que ello pueda compartar, así como las consecuencias jurídicas.
Si finalmente le resulta rentable reasignar su patrimonio entre sus familiares, conviene tomar ciertas precauciones. Es importante que los donatarios (quienes reciben sus bienes) vivan en una Comunidad Autónoma que no grave el Impuesto de Donaciones. Además, deberá tener cuidado de que la cartera de done no genere plusvalía y los valores que se incluyen tengan compensado el saldo se pérdidas y ganancias. Otra precaución que debe tomar el ahorrador es fijarse en los criterios de valoración de los bienes.
Las valoraciones de las acciones son clave
En las acciones de empresas del mercado bursátil, hay que declarar la cotización media del último cuatrimestre. Si los títulos han caído más en los últimos días de diciembre, puede resultar interesante (siempre teniendo en cuenta las repercusiones en otros tributos y las comisiones de operativa) venderlas para declarar una cantidad inferior, que además se corresponde mejor con la realidad.
La valoración de los inmuebles es menos favorable para el contribuyente. El Gobierno ha ampliado el mínimo exento por vivienda principal hasta los 300.000 euros. Un alivio frente a los 108.000 euros con que se cerró en 2007 pero han pasado cuatro años desde la última declaración y bastantes más quizá desde la última vez que cambió la valoración en sus declaraciones. Además, se han producido actualizaciones del catastro. Compare las distintas valoraciones de su piso, los expertos señalan que los inmuebles tributan por el valor más alto que figure: en el Catastro, en la escritura de compraventa o en la tasación.
Esta condición deja poco margen de maniobra al contribuyente. Los propietarios con inmuebles antiguos se benefician más que quienes los han comprado recientemente. Los primeros, explican los expertos, tendrán que declarar el valor catastral, que, aunque se actualiza, suele marcar un precio muy inferior al de mercado. En cambio, los que se hayan comprado un piso en los últimos años deberán declarar un precio de escritura que es mayor al actual o, peor aún, el de tasación (si hicieron hipoteca), que solía ser superior al de compraventa.
El contribuyente no debe olvidar que la decisión final de que pague o no el Impuesto de Patrimonio resucitado por el Ejecutivo de Zapatero dependerá de cada comunidad autónoma. Aunque tampoco debe fiarse del todo, pues no está claro que si mantienen la bonificación no vayan a tener un problema de ingresos,. En todo caso, las autonomías que tengan bonificado el impuesto deberán aprobarlo antes de que termine el año.
Para Francisco de la Torre, secretario general de la Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado, los contribuyentes “deben tener en cuenta que el nuevo Gobierno salido de las elecciones del 20-N puede anular con otro Decreto Ley la resurrección del impuesto, siempre que lo haga antes del 1 de mayo”. Además, señala que para el Gobierno actual será difícil justificar, si se plantea la inconstitucionalidad del Decreto Ley, la urgencia de una medida que sólo va recaudar unos 1.000 millones de euros.
Asimismo insistimos en que las empresas y particulares, aun están a tiempo de reducir su factura fiscal antes del cierre o finalización del ejercicio 2011, pueden efectuar determinadas actuaciones tendentes a la planificación del cierre del mismo, cada empresa tiene su particularidad, pero aun estamos a tiempo de optimizar el resultado de la liquidación. Nos quedan 2 meses.
No esperéis para consultar con vuestro asesor fiscal y planificar y optimizar fiscalmente el 2011.
Finalmente el Gobierno recupera el impuesto de patrimonio a partir de 700.000 euros
Por Joan Castellví - General - 15/09/2011
Afectará a 160.000 contribuyentes y recaudará 1.080 millones anuales
El tributo se recupera en principio solo para dos años (2011 y 2012)
La vicepresidenta económica del Gobierno, Elena Salgado, ha avanzado que el Consejo de Ministros de mañana aprobará la recuperación con carácter temporal para los ejercicios 2011 y 2012 del Impuesto sobre el Patrimonio a partir de 700.000 euros, lo que afectará a 160.000 contribuyentes.
Así lo ha adelantado Salgado en una rueda de prensa tras la Comisión Delegada de Asuntos Económicos, donde ha explicado que el umbral del impuesto se eleva a 700.000 euros netos por contribuyente, descontado el importe de las deudas o préstamos.
La vivienda habitual queda exenta hasta un mínimo que se eleva a 300.000 euros, el doble que en 2008, lo que significa que una vez contabilizado el valor del piso (lo que exceda de 300.000 euros) el patrimonio neto restante debe superar los 700.000 euros.
En el caso de una vivienda perteneciente a una pareja, el valor podrá alcanzar los 600.000 euros, la suma del patimonio de los dos contribuyentes, sin tener que tributar.
El límite a partir del cual se cobrará este impuesto es finalmente más bajo que las estimaciones iniciales que lo situaban en el millón de euros, lo que hubiera reducido casi a la mitad su base impositiva. La Hacienda pública pretende recaudar 1.080 millones anuales más con este tributo, según las estimaciones de la Agencia Tributaria.
Salgado ha recordado que las comunidades autónomas tienen “todas las facultades de modificación del impuesto”, lo que incluye desde aumentar las exenciones a bonificarlo al 100%, tal y como está en la actualidad.
La recuperación temporal del tributo se justifica, según Salgado, por la necesidad de “continuar en la senda de consolidación fiscal” en los ejercicios 2012 y 2013.
El impuesto sobre el patrimonio
Por Joan Castellví - General - 13/09/2011
La decisión de reactivar el impuesto sobre el patrimonio, que previsiblemente adoptará el Consejo de Ministros este viernes, a petición del candidato socialista a la Moncloa, Alfredo Pérez Rubalcaba, parece más bien una maniobra populista, con tintes claramente electoralistas, antes que una acción de Gobierno seria y coherente.
El impuesto sobre el patrimonio, en opinión de buena parte de los expertos fiscales, penaliza a aquellos ciudadanos que han optado por el ahorro, tan necesario para una economía como la española, comporta en muchos casos una doble imposición y, además, tiene una escasa capacidad recaudatoria. Paradójicamente, los más castigados por este tributo no son las grandes fortunas, sino las clases medias. Por todo ello, en Europa sólo lo mantienen cuatro países y, por las mismas razones, el presidente Zapatero eliminó este gravamen en el año 2007, con efectos a partir del 1 de enero del 2008, después de que ya lo hubieran hecho muchas de las comunidades autónomas a las que estaba cedido. Por tanto, como hemos dicho, la decisión de reactivarlo ahora sólo puede obedecer a pura táctica electoralista para intentar satisfacer a un sector de los votantes socialistas, molesto con la reciente reforma de la Constitución que establece el equilibrio presupuestario, mientras se infunde desconfianza e inseguridad jurídica en el resto de los contribuyentes.
La intención adicional de gravar a las grandes fortunas que subyace detrás de la decisión de reactivar el impuesto sobre el patrimonio, al igual que ha hecho Francia y también lo intenta Italia, es asimismo más voluntariosa que efectiva. En realidad, a cambio de una relativamente escasa recaudación se propicia una eventual evasión fiscal, con efectos mucho más negativos para la economía del país en cuestión que los beneficios que se pretenden obtener.
Lograr una mayor tributación efectiva de las grandes fortunas internacionales, incluidas las españolas, exigiría una acción global y coordinada a escala internacional, que hoy por hoy resulta imposible de poner en marcha. La única alternativa efectiva para hacer tributar más a los grandes capitales sería la desaparición de los paraísos fiscales, como en su momento propuso el G-20, sin que hasta ahora la iniciativa haya prosperado. Otra alternativa en estudio por la Unión Europea es la creación de una tasa para gravar las transacciones financieras internacionales. Pero incluso esta tasa podría tener efectos negativos para la inversión en la eurozona si la propuesta de Bruselas no es compartida por las otras grandes regiones económicas del mundo.
Vía: La Vanguardia.




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