Un decreto plano y sin reformas de fondo para abordar la crisis. El empeño del Gobierno por firmar un pacto de Estado con el resto de fuerzas políticas se ha quedado reducido a eso, a un mero gesto de voluntarismo. Debido a la falta de quórum político, el viernes el Consejo de Ministros se hizo eco del enésimo plan para frenar la recesión que asola a España desde hace un año y medio.
EXPANSIÓN.COM ha tenido acceso al texto que próximamente se podrá leer en el Boletín Oficial del Estado. Estos son algunos de los matices que aporta la redacción final:
Fusiones frías de las cajas
El Gobierno no ha accedido finalmente a que una agrupación de cajas pueda ser la sociedad central en una fusión fría o Sistema Institucional de Protección (SIP), como había solicitado la patronal del sector (Ceca), según se detalla en el texto definitivo en el que el Gobierno regula este instrumento.
Ha optado, no obstante, por una solución intermedia, ya que una de las cajas que conformen el SIP podrá ser también la entidad que provea de los servicios generales al resto de entidades del grupo. Falta por ver si esta solución contenta al sector. Por ahora, las cajas que han abordado la constitución de un SIP han optado por situar un banco como entidad central, lo que además les permitirá acudir a los mercados para captar capital en el futuro.
Las cajas que se unan mediante una fusión fría y sitúen un banco como sociedad central seguirán haciendo sus aportaciones al Fondo de Garantía de Depósitos de las cajas de ahorros, como se detalla en el texto del Gobierno. Además, como ya había adelantado el Banco de España, compartirán cada una de las entidades un 40% de su solvencia y de sus beneficios con el nuevo grupo.
Estos pactos de unión tendrán una vida de 10 años, aunque el Ejecutivo señala que se impondrán sanciones desincentivadoras a las entidades que quieren abandonar una fusión fría, con el objetivo de que estas operaciones se aproximen lo máximo a una fusión clásica.
Los SIP permiten a las entidades que los conforman consolidar sus cuentas, reforzar mutuamente su solvencia, compartir servicios comunes y acceder a los mercados de financiación mayoristas como una sola entidad. Además, permite en la mayoría de los casos sortear los vetos autonómicos a las fusiones.
Asimismo, las cajas logran mantener su personalidad comercial y sus órganos de gobierno, algo que no sucede en una fusión clásica. Hasta ahora, su regulación era escasa. Una de las principales preocupaciones en el mercado era el efecto fiscal de estos instrumentos. El Gobierno se compromete en su nueva regulación a que no tengan una sobrecarga fiscal.
Deducciones por rehabilitación de viviendas
Por otro lado, el texto de 62 páginas, acota las deducciones del 10% en el IRPF por rehabilitación en viviendas “siempre que tengan por objeto la mejora de la eficiencia energética, la higiene, la salud y la protección del medio ambiente”, entre otros. Podrán beneficiarse los contribuyentes cuya base imposible sea inferior a 53.007,2 euros anules.
El concepto de rehabilitación incluye las “obras de instalación de infraestructuras […] que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital en la vivienda habitual del contribuyente”, pero “no darán derecho a practicar esta deducción las obras que se realicen en plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos”.
Para evitar la economía sumergida, el Ejecutivo recuerda que las cantidades satisfechas [por las obras] se deberán abonar “mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a las personas o entidades que realicen tales obras”. “En ningún caso, darán derecho a practicar esta deducción las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal”.
http://www.expansion.com/2010/04/12/economia-politica/1271099807.html




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