Los despedidos por ERE pagan más de la cuenta a Hacienda.


Revisar el borrador de la renta es recomendable para todos los contribuyentes, sin embargo, para aquellos que han recibido una indemnización por despido supone una obligación inexcusable ya que, probablemente, han pagado más a Hacienda de lo que debían. Es el aviso que lanzó ayer el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF).

El Congreso, el pasado mes de diciembre, aprobó aumentar de 20 a 45 días por año trabajado el importe exento de tributación para aquellas rentas procedentes de indemnizaciones por expedientes de regulación de empleo (ERE). La medida entró en vigor con carácter retroactivo y se aplica para los expedientes o despidos aprobados con posterioridad al 8 de marzo de 2009.

Sin embargo, las retenciones aplicadas por las empresas a los despedidos entre marzo y diciembre de 2009 se realizaron con la anterior normativa y pagaron de más a Hacienda. Por lo tanto, resulta vital que en la declaración de la renta notifiquen esa circunstancia.

Y para aquellos despedidos que no están obligados a realizar la declaración por ganar menos de 22.000 euros anuales, la Agencia Tributaria recomienda que la presenten. En ella deben ‘consignar las retenciones soportadas, para así obtener el reintegro de las mismas’. El aumento de la exención beneficiará, según los cálculos de la Agencia Tributaria, a unos 270.000 asalariados despedidos y el coste fiscal ascenderá a 680 millones de euros. Hacienda ha enviado cartas a los afectados advirtiéndoles de esta situación.

Por otro lado, el REAF recordó que los profesionales y autónomos que tributan por el IRPF tienen derecho a una reducción del 20% del rendimiento neto siempre y cuando en 2009 hayan mantenido o incrementado el número de empleados respecto al año anterior.

Luis del Amo, director del REAF, aplaudió ayer que el Gobierno haya eximido a pymes y personas físicas de la obligación de documentar las operaciones vinculadas -intercambios comerciales entre empresas del mismo grupo- que no superen los 100.000 euros. El Ejecutivo, tras una avalancha de protestas por parte de fiscalistas y empresarios, accedió a flexibilizar una legislación que conllevaba un enorme coste burocrático al obligar a documentar que el precio de una operación vinculada se había realizado con criterios de mercado. Sin Embargo, el REAF defiende ir un paso más allá y reclama que el Gobierno exima de documentar toda operación interior. El razonamiento tiene sentido. Son las multinacionales las únicas que a través de los intercambios entre sociedades matrices de distintos países pueden modificar las bases imponibles y pagar menos impuestos.

Los expertos fiscales recordaron que a partir de 2011, las rentas superiores a 24.107 euros no podrán acceder a la deducción por la adquisición de vivienda. La modificación no afecta a las bases imponibles inferiores a 17.700. Actualmente, un 30% de los declarantes del IRPF gozan de este beneficio fiscal, que asciende a 27.000 euros por una hipoteca media a 25 años.

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