Nulidad de una sanción tributaria de cincuenta millones de euros por haberse basado en una inspección de Hacienda ilegal.


JUR\2010\173901

En la presente resolución se debate la licitud de una sanción tributaria impuesta a una cadena de electrodomésticos cuyo origen se encontraba en una inspección realizada en su domicilio legal. La Inspección de Hacienda se efectuó sin mandamiento judicial, en presencia exclusivamente de empleados de la empresa y sin autorización de los legales representantes, que llegaron a las 11 horas cuando se había intervenido la documentación.
En la presente resolución el Tribunal Supremo considera que “la protección constitucional del domicilio de las personas jurídicas y, en lo que aquí importa, de las sociedades mercantiles, sólo se extiende a los espacios físicos que son indispensables para que puedan desarrollar su actividad sin intromisiones ajenas, por constituir el centro de dirección de la sociedad o de un establecimiento dependiente de la misma o servir a la custodia de los documentos u otros soportes de la vida diaria de la sociedad o de su establecimiento que quedan reservados al conocimiento de terceros.” Para posteriormente anular las pruebas alegadas por Hacienda lo que conlleva a la anulación de la resolución.

  1. No hay Comentarios
(No será publicado)
*