Prestaciones de servicios gravadas al tipo superreducido del 4%


LIVA art.91.Dos.2.2º redacc L 11/2009 disp.final tercera.cuatro, BOE 27-10-09
Se aplica el tipo superreducido del 4% a los arrendamientos con opción de compra de viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública.

Tributan desde el 28-10-2009 al tipo superreducido del 4% los arrendamientos con opción de compra de edificios o partes de los mismos destinados exclusivamente a viviendas calificadas administrativamente como de protección oficial de régimen especial o de promoción pública, incluidas las plazas de garaje, con un máximo de dos unidades, y anexos en ellos situados que se arrienden conjuntamente.

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