En el ecuador de la campaña de la renta 2010, todavía son muchos los contribuyentes que intentan ajustar su declaración para beneficiarse de las deducciones fiscales a las que pueden acogerse. La abogada Marta Rodriguez-Layana, del departamento de fiscalidad de las personas físicas de PwC Tax & Legal Services, ha elaborado una guía con puntos clave para no perderse con los cambios normativos y aprovechar las desgravaciones. La principal novedad del ejercicio fiscal 2011 es la reducción de las deducciones por la compra de vivienda.
El resultado de muchas de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) dependerá de las decisiones tomadas en la recta final del ejercicio fiscal anterior, cuando muchos contribuyentes optaron por adelantar la adquisición de una vivienda para poder acogerse al último año de vigencia de las deducciones por inversión en la vivienda habitual. Quienes así lo hicieron, ahora tendrán derecho a una deducción del 15% del precio de compra o de rehabilitación de la vivienda habitual, con independencia de si se hizo con financiación propia o ajena. El límite máximo deducir son 9.015 euros, pero los cónyuges que realizan la declaración de forma separada pueden beneficiarse cada uno de ellos del límite máximo de desgravación.
Desde este año desaparecen las desgravaciones por adquisición de vivienda habitual para todos los contribuyentes que declaren más de 24.707 euros anuales. Sólo quienes declaren ingresos inferiores a los 17.707 euros podrán desgravar como hasta ahora.
Las deducciones por reforma de la vivienda habitual son otra forma de ahorrar en la factura final a pagar a Hacienda. Los contribuyentes con base imponible inferior a 53.007 euros pueden desgravarse el 10% de las obras de mejora de la vivienda que hayan realizado desde el 14 de abril del año pasado. El requisito es que deben haber servido para mejorar la eficiencia energética del hogar.
Por lo que se refiere a las viviendas en régimen de alquiler, los propietarios también tienen derecho a algunas deducciones. En el caso de que los inmuebles destinados a vivienda habitual, los arrendadores pueden deducirse la mitad del rendimiento neto del alquiler. Dicha reducción se eleva al 100% en el caso de que el arrendatario sea un joven de entre 18 y 35 años y un rendimiento neto por trabajo u otras actividades económicas superiores a los 7.455 euros.
Al margen de las deducciones vinculadas a la vivienda, las mayores ventajas fiscales se obtienen a través de las cuentas vivienda, las aportaciones a planes de pensiones o las donaciones, aunque los contribuyentes también se pueden aprovechar de las cuotas de carácter político o sindical.
Los contribuyentes también tienen importantes ventajas fiscales por la apertura de una cuenta vivienda. Quienes dispongan de una de esas libretas no perderán el derecho a las deducciones practicadas hasta el 31 de diciembre de 2010, siempre que el saldo se destine a la compra de la primera vivienda o a rehabilitación de su vivienda habitual.
Los planes de pensiones o planes de previsión asegurados son otra forma para reducir la tributación. El límite general de las aportaciones para menores de 50 años es el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas, hasta 10.000 euros, y para quienes superen esa edad, del 50% de dichos ingresos, hasta 12.500 euros. Por cada 1.000 euros de aportación el contribuyente pagará a Hacienda entre 240 y 430 euros menos.
En el apartado de novedades, este año desaparece la deducción de los 400 euros que introdujo el Gobierno y sólo se mantendrá para los contribuyentes cuyos ingresos totales estén por debajo de los 12.000 euros al año. También es novedosa la ampliación del importe exento por prestaciones por desempleo percibidas en pago único, que pasa de 12.020 a 15.500
Por las cuotas satisfechas a sindicatos o colegios profesionales, los contribuyentes se pueden ahorrar hasta 500 euros. Mientras, los donativos a ONG y las cuotas a partidos políticos y sindicatos pueden significar un porcentaje de deducción del 10%, el 25% o el 30%, según la entidad que reciba la donación.




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