RIRPF art.81.1 redacc RD 2004/2009 art.1º.uno, BOE 29-12-09
Con efectos desde el 1-1-2010 se actualizan los límites cuantitativos excluyentes de la obligación de retener.
Se actualizan los límites cuantitativos excluyentes de la obligación de retener, fijándose, desde el 1-1-2010, en las siguientes cuantías:
| Situación del contribuyente | Número de hijos y otros descendientes | ||
| 0 | 1 | 2 o más | |
| a) Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente | - | 13.662 | 15.617 |
| b) Contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas | 13.335 | 14.774 | 16.952 |
| c) Otras situaciones | 11.162 | 11.888 | 12.519 |




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