LIRPF art.42.2.h redacc RDL 6/2010 art.17, BOE 13-4-10
Desde el 1-2010 están exentas las cuantías satisfechas por las empresas a los trabajadores para desplazamientos entre la residencia y el centro de trabajo en transporte público con un límite de 1.500 euros anuales.
Con efectos desde 1-1-2010 no tienen la consideración de rendimientos del trabajo en especie las cantidades satisfechas a las entidades encargadas de prestar el servicio público de transporte colectivo de viajeros con la finalidad de favorecer el desplazamiento de los empleados entre su lugar de residencia y el centro de trabajo, con el límite de 1.500 euros anuales para cada trabajador.
También tienen la consideración de cantidades satisfechas a las entidades encargadas de prestar el citado servicio público, las fórmulas indirectas de pago que cumplan las condiciones que se establezcan reglamentariamente.




#1 by Roy on 24/06/2010 - 15:03
A ver si alguien me puede ayudar??
Llevo 10 años trabajando para el ayuntamiento, en el sector de turismo, concretamente en el tren turistico y el problema es el siguiente:
Desde siempre nos han dejado aparcar en la nave donde se guardan los trenes, que está a unos 3Km del centro de la población, pero ahora, resulta haber llegado un encargado que no para de putearnos y no nos deja aparcar dentro, el tema es que fuera de la nave no hay nada, solo campos y la deixalleria (chatarreria) y claro por ella solo acuden mala gente que cualquier dia nos pueden robar la moto si la dejamos fuera de la nave y mas en esos parajes desiertos que nadie les veria y no dejarian pistas si quiera del robatorio. Que podeia hacer para que la empresa nos pusiera un medio de transporte??