Tipo reducido del Impuesto sobre el Valor Añadido


LIVA art.91.uno redacc L 26/2009 art.79.dos, BOE 24-12-09
Con efectos desde el 1-7-2010, se establece el tipo reducido del Impuesto en el 8%.

Con efectos desde el 1 de julio de 2010 y vigencia indefinida, el tipo impositivo reducido del Impuesto se fija en el 8% (antes, el 7%).

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