Dos arquitectos constituyen una sociedad. La misma utiliza los bienes que habían estado afectos al desarrollo de las actividades profesionales previas de los socios.
Uno de los socios es declarado responsable del pago de una indemnización como consecuencia de la aparición de unos vicios en una construcción terminada con anterioridad a la constitución de la sociedad, por lo que se desea saber si la entidad ha sucedido en la actividad profesional de los socios y si, en consecuencia, tiene la consideración de fiscalmente deducible el pago de la indemnización que debe satisfacer el socio declarado responsable.
En este sentido debe tenerse en cuenta que el concepto de sucesión en la actividad recogido en la normativa tributaria se refiere, en exclusiva, a la sucesión, por parte del nuevo titular, en las deudas y obligaciones tributarias derivadas del ejercicio de explotaciones o actividades económicas por parte del anterior titular, por lo que en ningún caso determina la sucesión en las restantes deudas u obligaciones de naturaleza no tributaria.
En el caso concreto el abono de una indemnización por vicios surgidos en una construcción ejecutada en el desempeño de su actividad profesional no tiene naturaleza tributaria, por lo que la sociedad no tiene la consideración de responsable de dicha deuda u obligación.
Por tanto, si la sociedad efectúa el pago de la citada indemnización incurre en un gasto no realizado para la obtención de un ingreso, es decir, es un gasto o quebranto no relacionado directamente con la actividad.
Teniendo en cuenta que el pago de la indemnización se realiza por cuenta del socio y responde a la relación societaria existente entre la sociedad y aquel, el gasto tiene la consideración de retribución a los fondos propios y, por tanto, no es deducible.
DGT CV 13-5-09
La indemnización procedente de la realización de actividades profesionales de los socios no tiene naturaleza tributaria, por lo que su abono por la sociedad tiene la consideración de retribución a los fondos propios y no es deducible.


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