No aplicación del Art. 108 de la LMV, es decir, no sujeción a ITP, en la escisión total de una sociedad por ramas de actividad.

CV DGT 25/06/2009

La entidad consultante desarrolla dos actividades, promoción y venta de edificaciones y alquiler de inmuebles de su propiedad. Está participada por un único socio persona física.

Se pretende realizar una operación de escisión total, por la que se segregará el patrimonio de la consultante en dos bloques que se [...]